Un proveído (también llamado providencia simple) es una resolución judicial de mero trámite que impulsa el desarrollo del proceso, sin resolver una cuestión de fondo ni requerir fundamentación extensa.
Ejemplos comunes de proveídos
- "Agréguese la documentación acompañada"
- "Traslado por el término de ley"
- "Téngase presente lo manifestado"
- "Como se pide, líbrese oficio"
Proveído vs. auto interlocutorio vs. sentencia
El sistema procesal argentino distingue tres tipos de resoluciones según su complejidad: el proveído (o providencia simple) resuelve cuestiones de mero trámite sin necesidad de fundamentos; el auto interlocutorio resuelve una cuestión que requiere sustanciación previa y sí exige fundamentación, aunque no ponga fin al proceso (por ejemplo, resolver un incidente); y la sentencia es la resolución que pone fin al proceso o a una etapa esencial de él, decidiendo sobre el fondo del asunto.
Quién dicta un proveído
Según el código procesal aplicable y la organización de cada juzgado, los proveídos pueden ser dictados por el juez o, en muchos casos, delegados en el secretario del juzgado, precisamente porque no implican una decisión de fondo sobre el litigio.
Preguntas frecuentes
Los proveídos de mero trámite en general admiten un recurso de reposición (o revocatoria) ante el mismo juzgado que lo dictó, y solo excepcionalmente son apelables cuando causan un gravamen que no puede repararse por otra vía.
El proveído resuelve cuestiones de mero trámite sin necesidad de fundamentos extensos. El auto interlocutorio resuelve una cuestión que requiere sustanciación previa (como un incidente) y sí exige fundamentación, aunque no ponga fin al proceso.
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