GESTIÓN DE ESTUDIO

Cómo calcular plazos judiciales en Argentina: la guía completa

Por Equipo RivoLegal · 19 de julio de 2026 · 8 min de lectura

Días hábiles judiciales vs. días corridos

Los plazos procesales en Argentina se cuentan, por regla general, en días hábiles judiciales: de lunes a viernes, excluyendo feriados nacionales y los días de feria judicial. Esto es distinto a los días corridos (calendario) y a los días hábiles administrativos, que no siempre coinciden con el calendario judicial. Confundir estos tres regímenes es la causa más común de errores de cómputo.

La regla base está en el artículo 156 del CPCCN: el plazo empieza a correr al día hábil siguiente al de la notificación, no el mismo día en que se notifica.

Cómo se computa un plazo paso a paso

Ejemplo: un plazo de 5 días hábiles que empieza a correr un jueves (día de notificación).

  1. El jueves de la notificación no cuenta como día del plazo.
  2. El cómputo empieza el viernes (primer día hábil siguiente).
  3. Se cuentan solo días hábiles: viernes, lunes, martes, miércoles, jueves — 5 días hábiles.
  4. El plazo vence el jueves siguiente, salvo que ese día sea inhábil.

Si hay un feriado en el medio: ese día simplemente no cuenta, y el plazo se extiende un día hábil más de lo que parecería a simple vista en el calendario.

Si el último día es inhábil: el vencimiento se traslada al primer día hábil siguiente.

Diferencias según el fuero

  • Civil y comercial (CPCCN): días hábiles judiciales nacionales, con feria de enero y julio.
  • Laboral (CNAT): misma base de días hábiles judiciales, pero con plazos propios fijados por la Ley 18.345 — siempre verificar la acordada específica del fuero antes de dar por sentado un plazo.
  • Penal federal: en general corre en días corridos salvo excepción expresa de la norma aplicable.
  • SCBA (Provincia de Buenos Aires): días hábiles judiciales provinciales, con su propia feria judicial, que no necesariamente coincide con la feria nacional.

Feriados y ferias judiciales 2026

El Poder Judicial de la Nación tiene feria judicial en enero y en julio de cada año, además de los feriados nacionales inamovibles y trasladables. La SCBA fija su propia feria de forma independiente.

Importante: este artículo no informa fechas específicas de feriados o ferias judiciales de un año en particular porque esas fechas cambian y se fijan por acordada. Antes de calcular un plazo crítico, verificá siempre la acordada vigente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (o del tribunal superior provincial correspondiente) para confirmar las fechas exactas.

Errores más comunes al calcular plazos

  1. Contar el día de la notificación como primer día del plazo — el cómputo empieza al día hábil siguiente, no el mismo día.
  2. Confundir días hábiles con días corridos — un plazo de "5 días" sin especificar régimen genera ambigüedad; en el proceso civil y laboral argentino, por defecto se entienden hábiles judiciales.
  3. No verificar feria judicial — un plazo que corre durante la feria de enero o julio se suspende, y muchos estudios no lo tienen en cuenta.
  4. Asumir el mismo plazo entre fueros distintos — el plazo de apelación civil (5 días) no es el mismo que el laboral (6 días).
  5. No ajustar cuando el vencimiento cae en día inhábil — el plazo se traslada al día hábil siguiente, no se pierde ni se adelanta.
Buena práctica: ante cualquier duda sobre el cómputo de un plazo crítico, usá una calculadora de plazos que tenga en cuenta días hábiles judiciales y confirmá el resultado con la acordada vigente del tribunal antes de dar por definitivo el vencimiento.

Podés verificar el cómputo de cualquier plazo con nuestra calculadora de plazos judiciales gratuita, que considera días hábiles y feriados.

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