Plazos a tener en cuenta en el fuero laboral
| PLAZO | DURACIÓN | BASE LEGAL |
|---|---|---|
| Prescripción de acción laboral | 2 años | Art. 256 LCT |
| Contestación de demanda CNAT | 10 días hábiles | Ley 18.345 |
| Recurso de apelación | 6 días hábiles | Ley 18.345 |
| Interposición de recurso extraordinario | 10 días hábiles | Ley 18.345 / CPCCN supletorio |
Por qué la prescripción laboral es la más riesgosa
A diferencia de un plazo procesal dentro de una causa ya iniciada, la prescripción de 2 años del art. 256 LCT corre sin ningún hito visible en un expediente. No hay notificación, no hay alerta del sistema — el plazo corre desde que el crédito es exigible, y si nadie lo controla activamente, se pierde sin que nadie lo note hasta que ya es tarde.
Buenas prácticas para no perderla
- Registrar la fecha de exigibilidad del crédito apenas se toma el caso
- Calcular la fecha límite de prescripción de inmediato, no cerca del vencimiento
- Usar una calculadora de prescripción laboral en vez de calcular a mano
Preguntas frecuentes
2 años, según el artículo 256 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
10 días hábiles, conforme a la Ley 18.345 de organización y procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo.
6 días hábiles según la Ley 18.345. Siempre conviene verificar la acordada CNAT vigente antes de confiar en un plazo específico para un caso concreto.
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