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LABORAL · 18 DE SEPT DE 2026

Ajustan salarios mínimos para personal de casas particulares

Resolución 7/2026 · Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares

Publicada en el Boletín Oficial el · Actualizado el · Fuente oficial ↗

Se rectifica la Resolución 6/2026, corrigiendo errores materiales en los anexos de las escalas salariales para el personal de casas particulares, con incrementos del 1,6% para noviembre y diciembre de 2026.

Qué cambia

  • Se rectifican errores materiales en los anexos de la Resolución N° 6/2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES.
  • El Artículo 4° de la Resolución N° 6/2026 se rectifica para incluir el Anexo N° 4 bajo el N° IF-2026-85628114-APN-CNTCP#MCH.
  • El Artículo 5° de la Resolución N° 6/2026 se rectifica para incluir el Anexo N° 5 bajo el N° IF-2026-85636281-APN-CNTCP#MCH.
  • Se mantiene el incremento del 1,6% para las remuneraciones mínimas a partir de noviembre de 2026.
  • Se mantiene el incremento del 1,6% para las remuneraciones mínimas a partir de diciembre de 2026.

Las cifras

Incremento salarial a partir de noviembre de 20261,6%
Incremento salarial a partir de diciembre de 20261,6%

Copiadas del texto oficial. Verificalas en la fuente antes de usarlas en un escrito.

Qué hacer ahora

  1. Revisar las liquidaciones de salarios de noviembre y diciembre de 2026 para el personal de casas particulares, asegurando la correcta aplicación de los incrementos.
  2. Verificar que los anexos citados en la Resolución N° 6/2026, ahora rectificados, sean los correctos para evitar futuras impugnaciones.
  3. Avisar a clientes empleadores de personal de casas particulares sobre la rectificación y la necesidad de ajustar sus registros y liquidaciones.

Por qué importa

Esta resolución es crucial para los abogados laboralistas que asesoran a empleadores o empleados de casas particulares, ya que corrige los anexos de la resolución anterior, asegurando la correcta aplicación de los incrementos salariales.

A quién puede afectar

Personal en Casas Particulares comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844.

Desde cuándo rige

La norma no fija fecha de entrada en vigencia.

Normas que cita o modifica

  • Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (t.o. 2017)
  • Resolución N° 6 de fecha 2 de septiembre de 2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES
  • Ley N° 26.844
  • Ley N° 19.549

Herramientas para calcularlo

Fuente oficial

Resolución 7/2026 · Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares · Boletín Oficial de la República Argentina, 1ª sección, 18 de sept de 2026.

Leer el texto oficial completo
Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2026 VISTO el Expediente N° EX-2026-79156402- -APN-CGDTEYS#MCH; Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (t.o. 2017) y la Resolución N° 6 de fecha 2 de septiembre de 2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, y CONSIDERANDO Que mediante la Resolución N° 6/2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES se fijaron los nuevos valores de las remuneraciones mínimas para el Personal en Casas Particulares comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844. Que se advierte que se ha incurrido en un error material involuntario en los Nros. de informes consignados como Anexos Nros. 4 y 5 en los Artículos 4° y 5° de la referida Resolución, respectivamente. Que, en tal sentido, en el artículo 4° deberá consignarse como Anexo N° 4 bajo el N° IF-2026-85628114-APN-CNTCP#MCH y en el artículo 5° deberá consignarse como Anexo N° 5 bajo el N° IF-2026-85636281-APN-CNTCP#MCH. Que en función de lo expuesto corresponde proceder a la rectificación del acto administrativo referido, en los términos del artículo 101 del Decreto N° 1759/1972 (t.o. 2017), reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549. Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia. Que la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, ha intervenido conforme le es pertinente. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 101 del Decreto N° 1759/1972 (t.o. 2017) Reglamentario de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos. Por ello, LA PRESIDENTE ALTERNA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el Artículo 4° de la Resolución N° 6/2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Fijar un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas que será del UNO CON SEIS POR CIENTO (1,6%) a partir del mes de noviembre de 2026, con base en los salarios mínimos determinados en los artículos 3° y 8°, para todo el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, conforme las escalas salariales que lucen en el Anexo N° 4 N° IF-2026-85628114-APN-CNTCP#MCH de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, que forma parte integrante de la presente”. ARTÍCULO 2°.- Rectifíquese el Artículo 5° de la Resolución N° 6/2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Fijar un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas que será del UNO CON SEIS POR CIENTO (1,6%) a partir del mes de diciembre de 2026, con base en los salarios mínimos determinados en los artículos 4° y 9°, para todo el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, conforme las escalas salariales que lucen en el Anexo N° 5 N° IF-2026-85636281-APN-CNTCP#MCH de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, que forma parte integrante de la presente”. ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Soledad Moreno NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- e. 18/09/2026 N° 68156/26 v. 18/09/2026

Los resúmenes se generan con inteligencia artificial sobre el texto oficial. Facilitan la lectura y no reemplazan la consulta de la fuente. Verificalos antes de citarlos. Cómo se hace cada nota.

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