Horas suplementarias trabajadas en días comunes: se pagan con un recargo del 50% sobre el valor de la hora normal.
Calculadora de horas extras
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Las horas mensuales dependen de tu jornada y tu convenio. Muchos convenios toman 200 horas para una jornada de 48 horas semanales; si tu convenio fija otro divisor, usá ese.
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Cómo se calcula
Horas trabajadas los sábados después de las 13 h, los domingos y los feriados: recargo del 100%.
La jornada máxima es de 8 horas diarias o 48 semanales (Ley 11.544). Las horas extra no pueden superar 30 por mes ni 200 por año sin autorización (Decreto 484/2000).
Sueldo bruto $900.000 con 200 horas mensuales: la hora normal vale $4.500. Una hora extra al 50% vale $6.750 y una al 100%, $9.000. Con 10 horas al 50% y 4 al 100%, el total es $67.500 + $36.000 = $103.500 brutos.
Preguntas frecuentes
Se divide el sueldo mensual por las horas mensuales de la jornada para obtener el valor de la hora normal, y se le aplica el recargo del art. 201 LCT: 50% en días comunes y 100% los sábados después de las 13 h, domingos y feriados.
Según el Decreto 484/2000, hasta 30 horas mensuales y 200 anuales, salvo autorización administrativa.
Sí. Son remuneración: integran la base del aguinaldo y, si son habituales, también la de las vacaciones y las indemnizaciones.
El que corresponda a tu jornada y tu convenio. Muchos convenios usan 200 horas para 48 horas semanales; si trabajás jornada reducida o tu convenio fija otro divisor, usá ese.
Podés reclamarlas por telegrama laboral, que es gratuito. Guardá registros de tus horarios (mails, sistemas de fichaje, testigos) porque la prueba de las horas extra es clave.
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