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ADMINISTRATIVO · 16 DE OCT DE 2026

Reubican a personal de planta permanente con estabilidad en la Provincia de Buenos Aires

Resolución 1959-MJYDHGP-2026 · Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires

Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires el · Actualizado el · Fuente oficial ↗

Se dispone la reubicación excepcional de agentes de la Ley 10.430, otorgando un incremento de un grado y una bonificación por permanencia del 20% para quienes se encuentren en la máxima categoría.

Qué cambia

  • Se reubica excepcionalmente al personal de planta permanente con estabilidad de la Ley N° 10.430 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires.
  • La reubicación consiste en el incremento de un (1) grado dentro de los agrupamientos respectivos.
  • Se otorga una bonificación por permanencia del veinte por ciento (20 %) del sueldo básico para agentes en la máxima categoría o límite máximo del agrupamiento jerárquico con funciones específicas.
  • La medida aplica a partir del 1° de julio de 2026 para el personal que al 30 de junio de 2026 tuviera al menos dos (2) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial.

Las cifras

Fecha de inicio de la reubicación1° de julio de 2026
Fecha de corte para antigüedad30 de junio de 2026
Antigüedad mínima requeridados (2) años
Incremento de gradoUN (1) grado
Bonificación por permanenciaveinte por ciento (20 %)

Copiadas del texto oficial. Verificalas en la fuente antes de usarlas en un escrito.

Qué hacer ahora

  1. Revisar la nómina de agentes del Anexo I para identificar clientes alcanzados.
  2. Verificar la correcta aplicación del incremento de un grado a los clientes.
  3. Asesorar a clientes en la máxima categoría sobre la bonificación por permanencia del 20 %.
  4. Monitorear las adecuaciones presupuestarias y modificaciones de planteles básicos.

Por qué importa

Esta resolución es clave para los abogados laboralistas y de derecho administrativo que representen a empleados públicos bonaerenses, ya que impacta directamente en la carrera y remuneración de sus clientes, abriendo la puerta a posibles reclamos por aplicación o interpretación.

A quién puede afectar

Personal de planta permanente con estabilidad que revista en el régimen de la Ley N° 10.430 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires.

Desde cuándo rige

La norma no fija fecha de entrada en vigencia.

Normas que cita o modifica

  • Ley N° 10.430
  • Decreto N° 1869/96
  • Decreto N° 777/26
  • Decreto N° 4161/96
  • RESO-2026-1703-GDEBA-MJYDHGP
  • Decreto N° 272/17

Fuente oficial

Resolución 1959-MJYDHGP-2026 · Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires · Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, sección Oficial, 16 de oct de 2026.

Leer el texto oficial completo
RESOLUCIÓN Nº 1959-MJYDHGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Viernes 9 de Octubre de 2026 VISTO el EX-2026-31981143-GDEBA-DDDPPMJYDHGP mediante el cual se tramita la reubicación excepcional para diversos/as agentes de la planta permanente con estabilidad que revisten en el régimen de la Ley N° 10.430 (T.O. Decreto N° 1869/96) en los términos del Decreto N° 777/26, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N° 777/26 se dispuso reubicar, en forma excepcional y por única vez, a partir del 1° de julio de 2026, al personal que al 30 de junio de 2026, reviste en la planta permanente con estabilidad del régimen de la Ley N° 10.430 y modificatorias, Decreto Reglamentario N° 4161/96, en los términos allí establecidos; Que el citado Decreto determinó que dicha reubicación alcanza al personal que registre, al 30 de junio de 2026, al menos dos (2) años de antigüedad y consiste en el incremento de UN (1) grado, dentro de los respectivos agrupamientos en los que revistan. La antigüedad a considerar será aquella reconocida por el desempeño en la Administración Pública Provincial; Que a través del artículo 21 del citado acto se facultó a las/os Ministras/os del Poder Ejecutivo, titulares de los Organismos de la Constitución, Asesor General de Gobierno y a los/as titulares de los Organismos Descentralizados y Desconcentrados de la Administración Pública Provincial, a disponer las reubicaciones y a otorgar la bonificación reglada en el artículo 8°, de conformidad con las previsiones allí dispuestas; Que en tal sentido, la presente medida dispone la reubicación en forma excepcional, a partir del 1° de julio de 2026, al personal que al 30 de junio de 2026, reviste en la planta permanente con estabilidad del régimen de la Ley N° 10.430 y modificatorias, Decreto Reglamentario N° 4.161/96, dependiente de este Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que reúna las condiciones definidas por dicha norma; Que asimismo se establece que para los agentes que, al 30 de junio de 2026, revisten en la planta permanente con estabilidad del régimen de la Ley N° 10.430, en la máxima categoría del Agrupamiento Ocupacional respectivo, o en el límite máximo del Agrupamiento Jerárquico con funciones de Jefe/a de Departamento o como personal de apoyo de conformidad con el artículo 153 inciso b) de la Ley N° 10.430, una bonificación remunerativa y no bonificable por Permanencia equivalente al veinte por ciento (20 %) del sueldo básico de la categoría de revista del agente; Que mediante RESO-2026-1703-GDEBA-MJYDHGP se estableció la reubicación excepcional para el personal de la planta permanente con estabilidad que revista en el régimen de la Ley N° 10.430 (T.O Decreto N° 1869/96) en los términos del Decreto N° 777/26; Que por razones administrativas las personas trabajadoras comprendidas y detalladas en la planilla que como Anexo I se identifica, no fueron reubicadas por el mencionado acto administrativo; Que en ese sentido, obran en Anexo I (IF-2026-32021614-GDEBA-DDDPPMJYDHGP) la nómina de agentes que se reubican en un (1) grado, todo ello conforme a lo nombrado en el Decreto N° 777/26; Que la Dirección General de Administración de este Organismo impulsará a través del área correspondiente, las modificaciones en los planteles básicos a que hubiere lugar, en virtud de las medidas que por la presente se adoptan; Que, el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, evaluó que todos/as los/as agentes comprendidos en la presente medida se encuentran en condiciones de ser alcanzados en los términos del Anexo que por la presente se aprueba, y la Subsecretaria Técnica, Administrativa y Legal prestó la debida conformidad; Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público de la Secretaría General; Que por el artículo 22 del Decreto N° 777/26 se exceptuó de los alcances del primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 y modificatorios a las medidas propiciadas por la presente; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21 del Decreto N° 777/26. Por ello, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE ARTÍCULO 1°. Reubicar, en forma excepcional y por única vez, en MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en los términos del artículo 1° y concordantes del Decreto N° 777/26, a partir del 1° de julio de 2026, al personal de la Planta Permanente que revista en el régimen de la Ley N° 10.430 (T.O Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96, los cuales se nominan en el ́Anexo I - Nómina de agentes que se reubican en un (1) grado' (IF-2026-32021614- GDEBA-DDDPPMJYDHGP) que, forma parte integrante de la presente, quienes revisten en las condiciones que en cada caso se detalla. ARTÍCULO 2°. La Dirección General de Administración de este Organismo gestionará a través del área correspondiente las adecuaciones presupuestarias necesarias ante el Ministerio de Hacienda y Finanzas, e impulsará las modificaciones de los planteles básicos a que hubiere lugar, en virtud de las medidas que por el presente acto se adoptan. ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar a la Dirección Provincial de Personal, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar. Juan Martín Mena, Ministro.

Los resúmenes se generan con inteligencia artificial sobre el texto oficial. Facilitan la lectura y no reemplazan la consulta de la fuente. Verificalos antes de citarlos. Cómo se hace cada nota.

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