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ADMINISTRATIVO · 28 DE OCT DE 2026

Feriados municipales en noviembre: el Gobierno bonaerense define los días no laborables

Resolución 516-MGGP-2026 · Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires

Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires el · Actualizado el · Fuente oficial ↗

Se declaran no laborables para la Administración Pública y el Banco Provincia, y feriados optativos para otras actividades, los días de festividades locales en noviembre de 2026.

Qué cambia

  • Se declaran días no laborables para la Administración Pública y el Banco Provincia en los municipios con festividades locales en noviembre de 2026.
  • Los días de festividades locales son feriados optativos para la industria, el comercio y otras actividades.
  • La medida se basa en solicitudes de los municipios y busca fomentar la participación comunitaria en las celebraciones.
  • El Anexo Único (IF-2026-37031625-GDEBA-SSAMMGGP) detalla los municipios y las fechas específicas de las festividades.

Qué hacer ahora

  1. Revisar el Anexo Único para identificar los días no laborables y feriados optativos que afectan a sus clientes en la Provincia de Buenos Aires durante noviembre de 2026.
  2. Avisar a clientes con operaciones o personal en los municipios afectados sobre los días no laborables y feriados optativos.
  3. Evaluar el impacto de los feriados optativos en contratos y plazos comerciales de clientes del sector privado.

Por qué importa

Esta resolución es clave para los empleadores y empleados en la provincia de Buenos Aires, ya que define los días no laborables de noviembre de 2026 en municipios específicos, impactando la planificación laboral y comercial.

A quién puede afectar

Administración Pública Provincial, Banco de la Provincia de Buenos Aires, industria, comercio y restantes actividades en los municipios de la Provincia de Buenos Aires con festividades en noviembre de 2026.

Desde cuándo rige

La norma no fija fecha de entrada en vigencia.

Normas que cita o modifica

  • Ley N° 15.477
  • Decreto N° 3/24
  • Decreto N° 272/17 E

Herramientas para calcularlo

Fuente oficial

Resolución 516-MGGP-2026 · Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires · Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, sección Oficial, 28 de oct de 2026.

Leer el texto oficial completo
RESOLUCIÓN N° 516-MGGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Jueves 22 de Octubre de 2026 VISTO el EX-2026-35990470-GDEBA-DSTAMGGP mediante el cual tramita la solicitud de declarar no laborable y feriados, los días en los cuales se celebren festividades locales en diversos municipios de la Provincia de Buenos Aires, correspondientes el mes de noviembre de 2026, y CONSIDERANDO: Que por medio de la Ley N° 15.477, regulatoria del Capítulo IV de la Sección Quinta de la Constitución de la Provincia, se estableció el marco normativo para la organización de la Administración Pública Provincial, determinando los ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los asuntos del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires. Que corresponde destacar que en el artículo 25 inc 9), queda establecido que es el Ministerio de Gobierno competente para “Entender en los asuntos municipales.” Que, sobre la base de lo dispuesto por la referida Ley, el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires aprobó, a través del Decreto N° 3/24, la nueva estructura orgánica funcional del Ministerio de Gobierno, dejando sentado las funciones y acciones atinentes a la Subsecretaría de Asuntos Municipales. Que el Decreto N° 272/17 E -y modificatorios-, establece en su artículo 2° que se “Delega en el Ministro de Gobierno el ejercicio de la facultad de declarar no laborable para la Administración Pública, el Banco de la Provincia de Buenos Aires y feriado optativo para las restantes actividades, la celebración de las distintas festividades en las localidades y partidos de la Provincia de Buenos Aires.” Que, en ese marco normativo, la Subsecretaría de Asuntos Municipales incorpora las diversas notas de solicitud de los municipios requirentes dirigidas al Ministerio de Gobierno, donde consta el nombre del municipio o localidad, el motivo del festejo que daría lugar a la declaración de feriado y la fecha en la cual se celebra. Que en razón de ello se incorpora documento que da tratamiento unificado a los requerimientos efectuados con identificación de las festividades municipales y locales con su correspondiente comuna y los días en los cuales se desarrollaran dichas festividades en los distintos lugares de la provincia de Buenos Aires. Que a orden 39 el Subsecretario de Asuntos Municipales toma intervención propiciando la presente gestión. Que con el fin de fomentar dichas celebraciones y facilitar una mayor participación de la comunidad, corresponde acceder a lo solicitado, dictando el pertinente acto administrativo. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 3/2024. Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO N° 272/17 E Y MODIFICATORIOS EL MINISTRO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE ARTÍCULO 1°. Declarar no laborables, para la Administración Pública y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, y feriados optativos para la industria, el comercio y restantes actividades, los días en los cuales se desarrollen festividades, en los distintos Municipios correspondientes al mes de noviembre de 2026, conforme se detalla en el Anexo Único que como IF-2026-37031625-GDEBA-SSAMMGGP forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, publicar el Boletín Oficial e incorporar al SINDMA. Pasar a la Subsecretaría de Asuntos Municipales. Cumplido, archivar. Carlos Alberto Bianco, Ministro. ANEXO/S IF-2026-37031625-GDEBA- SSAMMGGP 3dd11bcea496324473f511359a976adc1365491b6a78667db8d6d2056e2dec1f Ver INSTITUTO CULTURAL

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