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MODELO DE ESCRITO

Modelo de escrito: solicita embargo preventivo

Para asegurar el cobro de un crédito antes o durante el juicio.

El embargo preventivo es una medida cautelar que inmoviliza bienes del deudor para asegurar el resultado del juicio. En el CPCCN puede pedirse antes o después de deducida la demanda (art. 195), exige en general contracautela (art. 199) y procede en los supuestos del art. 209, por ejemplo cuando el crédito consta en un instrumento público o privado reconocido.

Modelo de escrito

SOLICITA EMBARGO PREVENTIVO. OFRECE CONTRACAUTELA.

Señor Juez:

[NOMBRE Y APELLIDO], por la parte actora, con el patrocinio letrado de [NOMBRE DEL ABOGADO] (T.° [TOMO] F.° [FOLIO] [COLEGIO]), constituyendo domicilio en [DOMICILIO] y domicilio electrónico en [CUIT], en los autos caratulados "[CARÁTULA]" (Expte. N.° [NÚMERO]), a V.S. respetuosamente digo:

I. OBJETO
Que vengo a solicitar se decrete embargo preventivo sobre [DESCRIBIR LOS BIENES: CUENTAS BANCARIAS, INMUEBLE MATRÍCULA N.° ..., AUTOMOTOR DOMINIO ...] de titularidad de [NOMBRE DEL DEMANDADO], CUIT [NÚMERO], hasta cubrir la suma de $[MONTO] con más la de $[MONTO] presupuestada provisoriamente para intereses y costas.

II. FUNDAMENTOS
La verosimilitud del derecho surge de [INDICAR: EL INSTRUMENTO QUE DOCUMENTA EL CRÉDITO, SU RECONOCIMIENTO, ETC.]. El peligro en la demora se configura por [EXPLICAR LOS HECHOS QUE HACEN TEMER QUE EL DEUDOR SE INSOLVENTE O DISPONGA DE SUS BIENES].

III. CONTRACAUTELA
Ofrezco [caución juratoria / caución real / fianza de ...], a criterio de V.S.

IV. PETITORIO
1. Se decrete el embargo preventivo solicitado.
2. Se libren los oficios pertinentes.
3. Se tenga por ofrecida la contracautela.

Proveer de conformidad,
SERÁ JUSTICIA.

[FIRMA DE LA PARTE]    [FIRMA DEL LETRADO]
Importante: Modelo orientativo de uso general. No reemplaza el asesoramiento profesional: adaptá el texto a los hechos del caso y verificá la normativa vigente y los requisitos de la jurisdicción antes de enviarlo o presentarlo.

Qué tener en cuenta

  • Verosimilitud y peligro en la demora: hay que justificar ambos con hechos y documentación concreta.
  • Contracautela: responde por los daños si el embargo fue pedido sin derecho (art. 199 CPCCN).
  • Plazo para demandar: si el embargo se traba antes del juicio y la obligación es exigible, hay que interponer la demanda dentro de los diez días siguientes a la traba, bajo pena de caducidad de la medida (art. 207 CPCCN). Revisá cómo incide la mediación prejudicial obligatoria en ese plazo.
  • Oficios: para trabar la medida sobre cuentas o registros, se libran oficios. Usá el modelo de oficio judicial.
Recursos relacionados:
→ Embargo preventivo vs. ejecutivo: diferencias
→ Modelo de oficio judicial
→ Embargo de sueldo: topes y porcentajes

Preguntas frecuentes

Antes o después de iniciada la demanda (art. 195 CPCCN), en los supuestos del art. 209, por ejemplo cuando el crédito consta en un instrumento público o privado reconocido.

Una garantía que ofrece quien pide la medida para responder por los daños que pudiera causar si se decretó sin derecho (art. 199 CPCCN).

Si la medida se trabó antes del proceso y la obligación es exigible, caduca de pleno derecho si no se interpone la demanda dentro de los diez días siguientes a la traba (art. 207 CPCCN).

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